Posadas. En medio de la repercusión por una reciente resolución judicial vinculada al servicio de agua en Posadas, surgieron aclaraciones que buscan evitar interpretaciones erróneas sobre su alcance.
La medida en cuestión no constituye un fallo definitivo, sino una acción cautelar dentro de un proceso judicial en curso. Además, su aplicación es limitada: alcanza únicamente a cinco usuarios específicos y no a la totalidad de los clientes del servicio.
Según se desprende del documento judicial, la resolución ordena a la empresa SAMSA suspender cortes, reconectar sin costo en casos puntuales y frenar ejecuciones por deudas correspondientes a los años 2025 y 2026. Sin embargo, estas disposiciones están dirigidas exclusivamente a los demandantes involucrados en la causa.
La difusión del caso como si se tratara de una medida general generó confusión y expectativas en otros usuarios, quienes interpretaron que podrían acceder a beneficios similares, como la reconexión sin costo o la suspensión de deudas.
Especialistas advierten que esto no es así. En situaciones normales, si un usuario acumula deuda y sufre la interrupción del servicio, deberá abonar tanto lo adeudado como los costos de reconexión para restablecer el suministro.
Asimismo, remarcan que, una vez finalizado el proceso judicial, si se determina que la facturación fue correcta, los cinco usuarios alcanzados por la cautelar deberán saldar las diferencias correspondientes, incluso con intereses.
