La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este lunes la Resolución General 5876/2026, que otorga una nueva prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, extendiendo el plazo hasta el 27 de agosto de 2026. Sin embargo, la norma mantiene sin cambios la fecha límite para el pago del saldo resultante de la declaración, que deberá abonarse el 27 de julio de este año.
La medida alcanza a los contribuyentes del régimen general y a aquellos adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Además, ARCA ratificó que las obligaciones vinculadas al Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2025 también podrán cumplirse hasta el 27 de julio inclusive.
El organismo también dispuso una prórroga para el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026, cuyo vencimiento original estaba previsto para agosto. Según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), el nuevo cronograma establece el 14 de septiembre para quienes tengan CUIT terminada en 0, 1, 2 y 3; el 15 de septiembre para terminaciones 4, 5 y 6; y el 16 de septiembre para terminaciones 7, 8 y 9.
En los considerandos de la resolución, ARCA explicó que «razones de administración tributaria» tornan aconsejable otorgar un plazo adicional a los contribuyentes para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El organismo agregó que, dado que el importe de los anticipos se calcula sobre la base del impuesto determinado en el período fiscal inmediato anterior, resultaba necesario extender también el plazo para el ingreso del primer anticipo 2026.
De esta manera, los contribuyentes cuentan con un mes adicional para presentar la declaración jurada, aunque el pago del saldo mantiene su fecha original. Con esta medida, ARCA busca brindar mayores facilidades a los responsables del tributo sin modificar la fecha de recaudación del saldo determinado.
La prórroga dispuesta por ARCA otorga a los contribuyentes un mes adicional para la presentación de la declaración jurada de Ganancias, aunque el pago del saldo sigue vigente para el 27 de julio, y establece un nuevo calendario para el anticipo 2026 según la terminación de CUIT.

