/

ARCA volvió a prorrogar Ganancias: hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar el calendario de vencimientos del Impuesto a las Ganancias y otorgó una nueva prórroga para la presentación de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5890/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y establece que el nuevo plazo para cumplir con la presentación será el 22 de septiembre de 2026.

La extensión alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto aquellas comprendidas en el régimen general como quienes utilizan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Ganancias: cuál es la nueva fecha de vencimiento

Con la nueva disposición, ARCA reemplazó el vencimiento del 27 de agosto, que había sido fijado previamente como fecha límite para presentar las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes al ejercicio fiscal 2025.

De esta manera, los contribuyentes tendrán tiempo hasta el martes 22 de septiembre de 2026 para realizar la presentación.

Sin embargo, es importante diferenciar la presentación de la declaración jurada del pago del impuesto. La prórroga alcanza únicamente a la presentación, por lo que no modifica el vencimiento correspondiente al ingreso del saldo de Ganancias.

Ese pago había vencido el 27 de julio de 2026 y la nueva resolución no establece cambios al respecto.

También se postergó el primer anticipo de Ganancias 2026

La resolución de ARCA también introdujo una modificación para el período fiscal en curso.

El organismo decidió postergar hasta el jueves 24 de septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.

El vencimiento original estaba previsto para agosto, pero la nueva disposición establece un plazo excepcional para su ingreso.

Así, septiembre concentrará dos fechas relevantes para los contribuyentes alcanzados por Ganancias: el 22 de septiembre, para la presentación de la declaración jurada correspondiente a 2025, y el 24 de septiembre, para el pago del primer anticipo del período fiscal 2026.

La nueva prórroga de ARCA alcanza a la presentación de Ganancias 2025, mientras que el primer anticipo del período fiscal 2026 vencerá el 24 de septiembre.
La nueva prórroga de ARCA alcanza a la presentación de Ganancias 2025, mientras que el primer anticipo del período fiscal 2026 vencerá el 24 de septiembre.

Por qué ARCA volvió a extender los plazos

En los considerandos de la Resolución General 5890/2026, ARCA fundamentó la nueva modificación en “razones de administración tributaria”.

Según explicó el organismo, la extensión busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y adecuar el calendario de vencimientos.

La decisión representa una nueva modificación de un cronograma que ya había sido prorrogado en dos oportunidades.

Inicialmente, ARCA había extendido hasta el 27 de julio el plazo para presentar las declaraciones juradas y cancelar los saldos correspondientes. Posteriormente, dispuso una nueva prórroga hasta el 27 de agosto, aunque en esa oportunidad la extensión quedó limitada a la presentación de las declaraciones.

Ahora, el organismo vuelve a ampliar el plazo, esta vez hasta el 22 de septiembre.

Qué pasa con Bienes Personales

La nueva resolución no modifica el calendario correspondiente al Impuesto sobre los Bienes Personales.

Para el período fiscal 2025, tanto la presentación de la declaración jurada como el eventual pago del saldo mantuvieron como fecha límite el 27 de julio de 2026.

Por lo tanto, la nueva prórroga debe interpretarse específicamente en relación con Ganancias y con el primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026.

El nuevo calendario de Ganancias

Con las modificaciones dispuestas por ARCA, las principales fechas quedan establecidas de la siguiente manera:

  • 22 de septiembre de 2026: vence el nuevo plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.
  • 24 de septiembre de 2026: vence, de manera excepcional, el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.
  • 27 de julio de 2026: se mantuvo como fecha de vencimiento para el ingreso del saldo de Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.

La resolución alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Una nueva modificación del calendario tributario

La decisión de ARCA vuelve a poner el foco sobre el calendario de obligaciones tributarias de las personas humanas y sucesiones indivisas.

La nueva prórroga no implica una modificación del impuesto determinado ni una reducción de las obligaciones fiscales. Se trata exclusivamente de una extensión de los plazos administrativos para la presentación de la declaración jurada y, en el caso del primer anticipo de 2026, de una postergación de su vencimiento.

La Resolución General 5890/2026 fue firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, y entró en vigencia este martes, coincidiendo con su publicación en el Boletín Oficial.

Por lo tanto, quienes todavía tengan pendiente la presentación de la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 dispondrán ahora de casi un mes adicional respecto del vencimiento anterior del 27 de agosto.

La fecha clave será el 22 de septiembre de 2026, mientras que apenas dos días después, el 24 de septiembre, llegará el turno del primer anticipo correspondiente al ejercicio fiscal 2026.