Confirmaron la condena a Cristina Kirchner a seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó hoy la condena de la ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en el caso de la obra pública concedida al empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz.

En un fallo de 1541 páginas, la Sala IV de Casación también confirmó las condenas de Báez (6 años de prisión), del ex secretario de Obras Públicas José López (6 años), del ex titular de Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti (6 años), y de los ex funcionarios del área de Vialidad de Santa Cruz Juan Carlos Villafañe (5 años), de Raúl Gilberto Pavesi (4 años y 6 meses), de José Raúl Santibañez (4 años), de Mauricio Collareda (4 años) y de Raúl Osvaldo Daruich (3 años y 6 meses).

También confirmó las absoluciones del del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, del ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala, del ex funcionario de Vialidad de Santa Cruz Héctor Garro y de Carlos Kirchner, primo del fallecido ex presidente Néstor Kirchner y ex funcionario de Planificación Federal. A Carlos Kirchner se le confirmó la absolución por prescripción.

Casación dio a conocer el fallo en una audiencia pública que se hizo en los tribunales de Comodoro Py en la que se leyó la decisión. La condena de Cristina Kirchner fue confirmada por los jueces Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña mientras que Gustavo Hornos votó por sumarle a la ex mandataria el delito de asociación ilícita como había pedido la Fiscalía.

“Que desde 2003 a 2015 funcionarios públicos nacionales y provinciales, entre los que se encontraba la dos veces presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, llevaron a cabo una maniobra fraudulenta que perjudicó de manera trascendente a las cuentas del Estado nacional, pues se desvió el dinero público en favor del empresario Lázaro Antonio Báez a partir de la asignación de obra pública vial a sus empresas”, sostuvieron los jueces en su resolución.

El fallo no tendrá efectos concretos porque puede ser apelado por todas las partes para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para eso tienen 10 días hábiles. Será el máximo tribunal quien resuelva el expediente y si ratifica la decisión de hoy de Casación el fallo quedará firme y en condiciones de ejecutarse. Pero la Corte no tiene plazos para resolver.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal homologó además el decomiso de aproximadamente 84.000 millones de pesos.

La sala de audiencias en la que se leyó el falloLa sala de audiencias en la que se leyó el fallo

La audiencia se realizó en una sala de audiencias de la planta baja de los tribunales de Comodoro Py. Fue la misma en la que el 6 de diciembre de 2022 se leyó la condena del tribunal oral. De los 13 acusados del caso el único que estuvo presente fue Fatala. Ninguno tenía la obligación de estar ya que eran representados por sus abogados. Sin embargo, Alberto Beraldi, defensor de Cristina Kirchner, no estuvo e informó a Casación que no iba a estar en la audiencia.

En el momento de la sentencia Cristina Kirchner estaba en el partido bonaerense de Moreno. “Voy a compartir una actividad con la intendenta Mariel Fernández y 400 mujeres”, posteó en las redes sociales. La ex presidenta tuvo apoyo en la puerta de los tribunales con una clase pública que encabezaron el ministro de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Juan Martín Mena, y el dirigente social Juan Grabois.

Quien estuvo en la audiencia fue Fernando Soto, funcionario del Ministerio de Seguridad de la Nación a cargo de Patricia Bullrich. “Vine como público”, le dijo Soto, director Nacional de Normativa y Enlace Judicial, a Infobae antes de la audiencia.

Los detalles de la sentencia

Los jueces destacaron que la maniobra se dio con la incorporación de Báez al rubro de la construcción “sin ninguna experiencia” a pesar de lo cuál “conformó un grupo de empresas, que le permitió ganar numerosas licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz simulando una competencia que en realidad no tenía (a modo de ejemplo, sólo entre 2007 y 2008 recibió veintitrés contratos”.

Los jueces destacaron que las licitaciones que obtuvieron las empresas de Báez se dieron con “numerosas irregularidades”. “Se demostró que se seleccionó una modalidad de contratación específica, convirtiéndose para la provincia de Santa Cruz en regla lo que para las demás fue una excepción. Esto permitió la cartelización de la obra pública en la referida provincia en favor de un grupo de empresas que respondían al aludido Báez”, citaron como ejemplo. También que por los incumplimientos no fue sancionada y que tenía un canal preferencial de pago.

Otra prueba relevante para Casación fue el decreto 54/2009 que firmó Cristina Kirchner a instancias de José López por el cuál se modificó el fideicomiso que comenzó a ser manejado por la Dirección Nacional de Vialidad, a cargo de Periotti.

Los magistrados también destacaron lo que el fiscal Diego Luciani llamó en el juicio oral el “plan limpiar todo”. Se trató de los mensajes de Whatsapp que se encontraron en el celular de López cuando fue detenido en junio de 2016 en el convento de General Rodríguez con bolsos con nueve millones de dólares y por los que fue condenado a seis años de prisión por enriquecimiento ilícito.

Los jueces de la Cámara de Casación (Maximiliano Luna)Los jueces de la Cámara de Casación (Maximiliano Luna)

“Que en el plan tomaron participación, en principio y de acuerdo a lo que se pudo probar, José Francisco López, Lázaro Báez, Cristina Fernández de Kirchner, Nelson Periotti y José Raúl Santibáñez”, sostuvieron los jueces y agregaron que “para culminar la maniobra se trató de atribuir el cierre de las empresas de Báez a la nueva administración del Poder Ejecutivo nacional y evitar la `sensación de fuga` (en palabras de José Francisco López), cuando en realidad se probó que las obras habían sido abandonadas con anterioridad, y todo lo sucedido en esta etapa fue minuciosamente ideado por López, Báez, Fernández de Kirchner y Periotti”.

“La maniobra señalada generó un enorme perjuicio al Estado nacional, que si bien no se pudo determinar en su totalidad, se estableció parcialmente y, por ende, se ordenó a través de la herramienta que prevé el código penal para el recupero de activos de origen ilícito el decomiso de la suma de ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y cinco millones, doscientos veintisiete mil trescientos setenta y ocho pesos con cuatro centavos ($84.835.227.378,04), el que necesariamente será objeto de actualización al momento en que la sentencia adquiera firmeza”, dijeron en otro tramo.

La disidencia que tuvieron los jueces fue sobre la aplicación o no del delito de asociación ilícita para los acusados. Es lo que había pedido el fiscal Luciani en el juicio oral y por el que acusó a Cristina Kirchner de ser la jefa de esa organización criminal y por lo tanto solicitó que se le aplique una pena de 12 años de prisión.

Los jueces Barroetaveña y Borinsky señalaron que no se comprobó la “pluralidad de planes delictivos” que requiere la asociación ilícita, sino que fue un único plan criminal sobre la obra pública. En tanto, Hornos sí entendió que en el caso se cometió el delito de asociación ilícita.

“Los encausados conformaron una organización estable y duradera cuya finalidad no fue la realización de un determinado o determinados hechos en los que coincidieron más de 2 personas. Por el contrario, tenían el propósito, la apertura y la disposición de encarar la práctica de múltiples, variados e indeterminados planes delictivos”, sostuvo Hornos que agregó que “la asociación ilícita operó de forma inalterada, estable, continua, desde su conformación hasta que finalizó el último mandato presidencial de quien fue la líder de la organización criminal”.

Las pruebas que valoró Casación para confirmar la condena de Cristina Kirchner

Se trata de los mismos argumentos que había valorado el Tribunal Oral Federal 2 cuando en diciembre de 2022 condenó a la ex presidenta: la firma de un decreto que modificó un fideicomiso para el manejo de los fondos de la obra pública, su relación comercial con Lázaro Báez -quien recibió 51 obras públicas para Santa Cruz– y lo que se conoció como el “plan limpiar todo”.

“Que desde 2003 a 2015 funcionarios públicos nacionales y provinciales, entre los que se encontraba la dos veces presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, llevaron a cabo una maniobra fraudulenta que perjudicó de manera trascendente a las cuentas del Estado nacional, pues se desvió el dinero público en favor del empresario Lázaro Antonio Báez a partir de la asignación de obra pública vial a sus empresas”, sostuvieron los magistrados.

Y particularmente sobre Cristina Kirchner señalaron que “era la máxima autoridad a cargo de la protección de los bienes públicos en cuestión, resultando insuficiente escudarse detrás de su posición jerárquica y una alegada lejanía causal con los bienes materiales confiados a su competencia funcional para sustraerse de sus funciones primordiales y de los deberes institucionales asumidos”.

Los jueces señalaron en sus argumentos que Cristina Kirchner, a instancias del ex secretario de Obras Públicas José López -también con la confirmación de su condena de seis años de prisión-, firmó el decreto 54/2009. Con ese decreto se permitió que los fondos del fideicomiso de la obra pública quedaran a disposición de la Dirección Nacional de Vialidad, a cargo de Nelson Periotti -también condenado a seis años de prisión- para el pago de los certificados de obra.

Lázaro BáezLázaro Báez

“En definitiva, en función de su rol como Presidenta de la Nación y, en consecuencia, responsable de los fondos del fideicomiso, cualquier comportamiento activo y doloso que engendre o incremente un riesgo más allá del permitido y que resulte en lesión de recursos que son públicos, como lo fue el dictado del decreto 54/2009 o los comportamientos analizados de noviembre y diciembre de 2015, independientemente de su afectación específica a alguna jurisdicción y/u organismo descentralizado, confirmada su antijuridicidad, entonces el injusto penal resultante es reprochable al agente”, dijeron los magistrados.

La referencia a los comportamientos de noviembre y diciembre de 2015 es por lo que el fiscal del juicio oral Diego Luciani llamó el “plan limpiar todo”. Se trató de los mensajes de Whatsapp que se encontraron en el celular de López cuando fue detenido en junio de 2016 en el convento de General Rodríguez con bolsos con nueve millones de dólares y por los que fue condenado a seis años de prisión por enriquecimiento ilícito.

Esos mensajes dan cuenta de reuniones de López con Cristina Kirchner, con Báez, comunicaciones con Julio Mendoza -presidente de Austral Construcciones– y de encuentros del empresario con la entonces presidenta en noviembre de 2015, a pocos días de que Mauricio Macri asuma la presidencia de la Nación. Allí se hace referencia a que Báez tenía que cobrar todo lo que se le adeudaba antes que Cristina Kirchner deje el gobierno para después cerrar las empresas.

Para los jueces de Casación la entonces presidenta se involucró para que Báez cobre los fondos que se le adeudaban antes que deje el gobierno. Eso tenía una razón y era que el empresario era su socio comercial. Mientras que Báez cobraba por las obras públicas parte de esos fondos (explicaron los jueces) iban a negocios de la familiar Kirchner. Fundamentalmente al alquiler de hoteles y propiedades. Eso se investiga en los casos “Los Sauces-Hotesur”.

Fuente: Infobae