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Desde el 1° de agosto se eliman retenciones en billeteras virtuales y transferencias

Por instrucción del Gobernador Hugo Passalacqua la ATM publicó la Resolución General 11/2026, que elimina las retenciones automáticas para usuarios de billeteras virtuales, tarjetas y transferencias bancarias.

-Recibir transferencias o pagos electrónicos deja de ser motivo para sufrir retenciones fiscales.
-La medida beneficia a quienes realizan movimientos personales, como transferencias entre familiares, reintegros de gastos o cobros ocasionales. Alcanza a monotributistas hasta categoría D.
-La Provincia adopta los criterios de habitualidad de ARCA para determinar cuándo existe una actividad económica.
-El objetivo es diferenciar a los usuarios particulares de quienes desarrollan una actividad comercial.
-La modificación alcanza a operaciones realizadas mediante CVU (billeteras virtuales) y CBU (cuentas bancarias).
-La nueva normativa brinda mayor seguridad jurídica, actualiza el régimen tributario e impulsa el uso de medios de pago digitales.
-Límite de monto: El beneficio aplica para quienes reciban transferencias de hasta $2.184.404 mensuales.
-La medida rige a partir del 1 de agosto.