Esta semana el Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Transporte autorizó el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional.
De acuerdo a lo que se informó, el proyecto busca adaptar las normativas vigentes en el sector, eliminando limitaciones al traslado de animales, y de esa manera establecer reglas para la protección, el bienestar y la seguridad para los animales y los pasajeros.
Así fue como en la resolución 2076/2025 expresaron: “En ambos modos de transporte terrestre de jurisdicción nacional, se ha previsto la facultad de la autoridad de aplicación para reglamentar el traslado de animales en los servicios”.
Indicaron que será necesario: «establecer con claridad los días, horarios y modalidades para dichos traslados”, y así preservar la calidad del servicio “de conformidad con los parámetros internacionales aplicables a la materia y con las recomendaciones y normativa emitidas en el marco del ‘Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos’”.
En ese sentido, se autorizó a la Secretaría de Transporte “a suscribir los actos aclaratorios y/o complementarios que fueran necesarios para la aplicación del presente régimen”.

Cuáles son los requisitos para viajar con mascotas en trenes y micros de larga distancia
Aquellos que viajen con animales deberán transportarlo dentro de un contenedor o transportín cerrado, diseñado para animales, garantizando su salubridad y protección, para luego ubicarlo sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o sobre el cojín del asiento pegado a la ventana, y sujetado con el cinturón de seguridad en caso de que ocupe un asiento.
También, estarán obligados a llevar la constancia de vacunación antirrábica del animal y cualquier otra certificación que exija la normativa vigente, los cuales podrían ser solicitadas al momento de abordar o durante el viaje por el personal de la empresa.
