El período de veda electoral, que tiene lugar antes de las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre de 2025, impone diversas restricciones para garantizar la calma en la jornada.
La veda general se inicia 48 horas antes de que abran las urnas, comenzando a las 8 del viernes 24 de octubre de 2025. Esta se extiende hasta las 21 del domingo 26 de octubre de 2025, tres horas después del cierre de los comicios. Durante este tiempo, los partidos deben detener todo tipo de proselitismo, incluyendo actos, marchas y difusión de encuestas o sondeos.
Por la veda, ¿cuándo comprar alcohol?
En cuanto a la venta de alcohol, una de las restricciones más conocidas, la popularmente llamada «ley seca», entrará en vigor desde las 20 del sábado 25 de octubre y se mantendrá hasta las 21 del domingo 26 de octubre en la mayoría de las provincias, incluida Misiones. Esta prohibición abarca a bares, restaurantes, supermercados y todo tipo de comercios. Cabe destacar que, para evitar sanciones, se permite a mayoristas y distribuidores no tener que controlar a sus clientes.

Además de la restricción de alcohol, la ley prohíbe los actos públicos de campaña, la difusión de encuestas o proyecciones sobre resultados, y la realización de espectáculos públicos o reuniones masivas que puedan interferir con la jornada.
El objetivo de estas medidas es asegurar un clima de reflexión. El incumplimiento de la veda puede conllevar multas o penas de arresto.
¿Cuales son las sanciones por incumplir las restricciones de la veda?
- Quienes organicen actos o difundan propaganda electoral durante la veda pueden recibir multas de entre 10 y 60 haberes mínimos de la administración pública.
- Los locales comerciales que vendan alcohol durante el período prohibido pueden sufrir multas o arrestos de hasta 6 meses.
- Las personas que perturben el desarrollo de la votación o induzcan a votar o abstenerse pueden enfrentar penas de prisión de 15 días a 2 años.
- Si se viola el secreto del sufragio, la pena puede ascender hasta 3 años de cárcel.
