Rechazaron el pedido de Juri a la Jueza Marcela Leiva

Posadas. El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de Misiones rechazó por unanimidad el pedido de juicio político presentado contra la jueza Marcela Alejandra Leiva por su actuación en la causa judicial contra los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez. Su argumento principal es que ante la disconformidad con la sentencia condenatoria corresponde la apelación del fallo y no el pedido de juicio político.
La denuncia contra la magistrada, titular del Juzgado Correccional y de Menores N.º 1 de Posadas, había sido presentada en diciembre de 2025 por el diputado Cristian Gabriel Castro. En la resolución que rechaza la denuncia, el Jurado señala que la vía del pedido de juicio político no sería la adecuada para expresar los cuestionamientos planteados por el denunciante.
El legislador Castro solicitó la apertura de un juicio político contra la jueza Leiva por mal desempeño en sus funciones, a raíz de la sentencia condenatoria dictada contra los docentes y referentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez, condenados en primera instancia por “desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte terrestre” durante una protesta salarial.
Castro sostuvo en su presentación que la magistrada incurrió en irregularidades graves, entre ellas: valoración deficiente y selectiva de la prueba, falta de imparcialidad, vulneración del principio de inocencia, criminalización de la protesta social y atribución de responsabilidad penal en función del rol sindical de los imputados.
Además, señaló que la sentencia desconocía garantías constitucionales y tratados internacionales vinculados al derecho a la protesta.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Misiones es presidido por la Dra. Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, quien también se desempeña como presidenta del Superior Tribunal de Justicia provincial.
El órgano concluyó que no se verifican causales de mal desempeño ni ignorancia inexcusable del derecho y que las diferencias con el criterio adoptado por la jueza en su sentencia deben resolverse por la vía de los recursos judiciales ordinarios, y no mediante un proceso de jury. En ese sentido, destacó que la condena ya fue apelada mediante un recurso de casación.
Eduardo Paredes, uno de los abogados que llevan la defensa de Gurina y Sánchez, rechazó la validez del argumento del Jurado: “se trata de una falsa argumentación ya que la resolución no examina los agravios planteados por el denunciante e indica que los “remedios procesales” ante una sentencia cuestionada se dan con la prosecución de la vía recursiva. Es una falacia porque tales “remedios procesales» son » administrados» por los mismos que rechazan el jury…” – cuestionó Paredes, en alusión al doble papel de Venchiarutti como integrante tanto del Jurado de Enjuiciamiento como del Superior Tribunal de Justicia, que deberá entender en el Recurso de Casación interpuesto contra la condena a Sánchez y Gurina.
La resolución que rechaza el pedido de juicio político contra la jueza Leiva, emitida este lunes 13 de abril y notificada al legislador Castro este jueves 16, se basa en los considerandos expresados por la Dra. Venchiarutti, a los que adhirieron por unanimidad los demás integrantes del organismo: los ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Roberto Rubén Uset y Dr. Juan Manuel Díaz; los legisladores José Luis Pastori y Juan José Szychowski; y las representantes del Colegio de Abogados, Dras. Silvia Noemí Longo y Lourdes María Alejandra Fernández.
Tras la resolución de rechazo de la denuncia presentada por Castro, se ordenó el archivo de las actuaciones.