La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los últimos recursos extraordinarios presentados por Cristina Fernández de Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia en la causa Vialidad y dejó habilitado el avance judicial para ejecutar el decomiso de bienes valuados en más de $684 mil millones. La medida también alcanza al empresario Lázaro Báez y a empresas vinculadas a la obra pública en Santa Cruz.
La Cámara Federal de Casación Penal cerró ayer jueves el camino judicial para Cristina Fernández de Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia Kirchner en su intento por frenar el decomiso de bienes dispuesto en el marco de la condena contra la ex presidenta en la causa Vialidad.
La Sala IV del máximo tribunal penal del país rechazó los recursos extraordinarios presentados por las defensas y allanó así el camino para que continúen los trámites destinados a devolver al Estado Nacional un total de 111 bienes pertenecientes a la familia Kirchner y al empresario Lázaro Báez.
Desde el Tribunal Oral Federal 2, ubicado en Comodoro Py 2002, ya se realizaron consultas a la Corte Suprema para determinar si el máximo tribunal dispondrá de algunas de las propiedades involucradas en la ejecución de la sentencia.
Con esta resolución, a Cristina Kirchner y a sus hijos sólo les queda la posibilidad de recurrir en queja directa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En el caso de Máximo y Florencia Kirchner, están involucradas 19 propiedades heredadas o recibidas mediante cesión.
La Justicia busca ejecutar el decomiso por un monto de $684.990.350.139,86, establecido como parte de la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta contra la ex mandataria, quien actualmente cumple arresto domiciliario bajo monitoreo con tobillera electrónica. La resolución también alcanza bienes del ex titular de Austral Construcciones, Lázaro Báez.
La decisión fue adoptada por los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky. Este último votó en minoría y se pronunció a favor de conceder parcialmente los recursos extraordinarios respecto de determinados bienes vinculados a Máximo y Florencia Kirchner y a algunas empresas relacionadas con Báez.
Por mayoría, el tribunal desestimó todos los planteos de las defensas. En su voto, el juez Hornos sostuvo que “el decomiso de los beneficios de origen delictivo encuentra su fundamento en que el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida”.
El magistrado remarcó que se trata de un “ilícito comprobado” mediante una condena firme y señaló que las irregularidades detectadas en la obra pública vial nacional en Santa Cruz durante los gobiernos kirchneristas generaron “un flujo económico de magnitud extraordinaria en perjuicio del erario público”.
Hornos también se refirió específicamente a los bienes de Máximo y Florencia Kirchner y afirmó que ya existió una “respuesta extensa, fundada y razonada” en resoluciones anteriores, por lo que consideró que las defensas sólo manifestaron una discrepancia con el criterio aplicado sobre el alcance del decomiso.
Además, rechazó el argumento de que el decomiso de bienes heredados o recibidos gratuitamente vulneraría principios constitucionales como la legalidad, la inocencia, la culpabilidad o el derecho de propiedad. Según explicó, esos cuestionamientos ya habían sido tratados previamente y no se acreditó ahora una “cuestión federal” que habilitara la intervención de la Corte Suprema.
En ese sentido, Hornos reiteró que el hecho de que los actuales titulares de los bienes no hayan sido juzgados en esta causa penal “no impide el decomiso cuando hay una vinculación razonable entre los bienes y el provecho económico derivado del delito”.
El magistrado agregó además que “la transmisión hereditaria o gratuita no neutraliza la posibilidad de ejecutar los bienes si éstos integran el circuito patrimonial alcanzado por el decomiso”.
Por su parte, el juez Mariano Borinsky consideró inadmisible el recurso presentado por Cristina Fernández de Kirchner, aunque entendió que debía habilitarse parcialmente la instancia extraordinaria respecto de algunos bienes vinculados a Máximo y Florencia Kirchner y a determinadas empresas de Báez.
Borinsky señaló que se trata de inmuebles adquiridos antes del 23 de abril de 2004, fecha tomada por el tribunal que ejecuta la condena como parámetro temporal para evaluar los bienes alcanzados por el decomiso
“El decomiso de los bienes indicados se dispuso sin debido sustento normativo, en tanto se apartó de los propios parámetros temporales fijados por el tribunal de juicio para evaluar la incorporación de bienes pasibles de decomiso, sin que la sentencia aquí cuestionada -en su conformación de mayoría- brindara tratamiento a esa circunstancia objetiva oportunamente introducida por las partes”, concluyó el magistrado.
Entre los bienes mencionados figuran diez departamentos ubicados en Mitre 535, en Río Gallegos, Santa Cruz, además de cinco lotes pertenecientes al complejo hotelero Los Sauces, en Lago Argentino. En relación con Lázaro Báez, la resolución alcanza inmuebles de las empresas Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto
