Finalmente en la tarde de este jueves, el Intendente Rodrigo Duran por Ejecutivo Municipal y en representación de la empresa ETCE-KENIA, Karina Horianski; firmaron el acuerdo que pone fin al conflicto suscitado por el reclamo de la gratuidad otorgada en el marco del servicio urbano de transporte de pasajeros y la precarizacion del mismo.
De la firma participaron los Concejales Cristina Bandera, Sebastián Tiozo y Leo Frei quienes también estamparon su rubrica en el escrito que tuvo cuatro ejemplares.
Desde la empresa destacaron que la normalización total del servicio llegaría recien el próximo lunes, aunque hay dudas desde la comunidades barriales si efectivamente se superará con este acuerdo la deficitaria prestación del servicio urbano.
A continuacion los terminos del acuerdo firna esta tarde:
CONVENIO DE PAGO.
Entre la Municipalidad de Eldorado, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, Dr. Rodrigo Javier Deogracias DURÁN, D.N.I. Nº 21.301.471, con domicilio legal en calle Peatonal Simón Bolívar N° 73, de la Ciudad de Eldorado, Provincia de Misiones, en adelante «LA MUNICIPALIDAD», por una parte; y por la otra, la empresa “Tiemesmann y Arenhardt Empresa Transporte Colectivo Eldorado S.R.L. (E.T.C.E.)”, representada por su apoderada legal Sra. Karina Cecilia HORIANSKI, D.N.I. N° 26.286.167, con domicilio legal en Avda. San Martín “E” Nº 3.306, de esta ciudad de Eldorado, Misiones, en adelante «ETCE S.R.L.», se celebra el presente Convenio de Pago, conforme a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Monto del acuerdo. Sin reconocer hechos y/o derechos pero con la finalidad de poner fin al conflicto de intereses suscitado entre las partes, el que bien puede derivar en la judicialización de un reclamo por parte de «ETCE S.R.L.» cuyas consecuencias económicas – ante la eventualidad de un fallo adverso- resultan imposibles de cuantificar y dimensionar, es que «LA MUNICIPALIDAD» ofrece abonar a «ETCE S.R.L.» y ésta acepta, la suma total, única y definitiva, de PESOS MIL CUATROCIENTOS MILLONES ($1.400.000.000,00), comprensivo de todos los conceptos y períodos en que «ETCE S.R.L.» viene prestando el servicio público de transporte urbano de pasajeros, hasta el período de septiembre de 2.025 inclusive. —————————————————————————————————–
SEGUNDA: Forma de pago. LA MUNICIPALIDAD se compromete a abonar el «acuerdo», del siguiente modo: a) una entrega de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000,00), cuyo pago que ha de realizarse por transferencia bancaria a favor de la Cta. de la titularidad de «ETCE S.R.L.», dentro de los diez (10) días hábiles de suscripto el presente convenio; y b) el saldo de PESOS MIL DOSCIENTOS MILLONES ($1.200.000.000,00) en cuatro cuotas mensuales y consecutivas a pagarse el día 10 de cada mes a partir del mes de noviembre del año 2025. Se deja establecido que el importe total del «acuerdo» queda atado al valor del litro de combustible tipo Infinia Diésel, el cual asciende a la fecha, a la suma de $ 1.751,00 p/litro, por lo que el importe de 1.200 millones de pesos equivalen -en números redondos- a seiscientos ochenta y cinco mil trescientos veintitrés (685.323,00) litros de combustible según precio de venta al público -antes referido- en la estación de servicios Eriksen y Cía. S.A.C.I.F.I.; lo que significa que de haber un incremento en los combustibles, al monto del pago de la primera cuota, se deberá entregar la suma de dinero necesaria para adquirir en dicha estación de servicios, la cantidad de 171.331 litros de combustible del tipo Infinia Diesel; del mismo modo, al momento de cancelarse las «Cuotas 2, 3 y 4 «, el importe a abonar será el que resulte necesario para adquirir la cantidad de 171.331 litros del tipo de combustible de mención. ——————
TERCERA: Normalización del Servicio. La empresa E.T.C.E. S.R.L., a partir de la suscripción del presente convenio, se compromete formalmente a restituir la prestación del Servicio Urbano de Pasajeros de la ciudad de Eldorado a los mismos que prestaba al mes de julio del año 2.023, los que se compromete a mantener hasta el último día de concesión del servicio de trasporte. Dicho incumplimiento podrá acarrear la suspensión y/o decaimiento del convenio, quedando los pagos acreditados a cuenta. ————————————————–
CUARTA: Renuncia de derecho y acciones. Se deja acordado entre las partes, que una vez recibido el pago total de las sumas comprometidas en este Convenio, ETCE S.R.L. no tendrá nada más que reclamar a «LA MUNICIPALIDAD» por ningún concepto y/o período vinculado al contrato de concesión que los vinculara y/o sus prórrogas, renunciado en consecuencia y expresamente desde ahora, a iniciar acciones administrativas y/o judiciales como asimismo, al derecho que pudiera detentar, pues con el pago recibido reconoce que ha alcanzado una usta composición de sus derechos e intereses no teniendo en el futuro más nada que reclamar como consecuencia de la relación contractual que uniera a las partes. Del mismo modo y para el caso en que el «acuerdo» sea rescindido por culpa de «ETCE S.R.L.», en tales circunstancias se tendrá a ésta por igualmente renunciada a sus derechos y acciones. Asimismo, la Municipalidad de Eldorado no reclamara a la empresa ETCE S.R.L. deuda en concepto de Derecho de Registro de Inspección de Seguridad e Higiene hasta el día 31 de diciembre del año 2025. —————-
QUINTA: Documentación. Ambas partes dejan constancia que la documentación respaldatoria (cartas documento, facturas, planillas de boletaje, etc.) obra en el expediente administrativo correspondiente, identificado como Expte. “IV” Nº 7904-052/25, los que forman parte integrante del presente acuerdo. ——————————————————————–
SEXTA: Jurisdicción. Para cualquier divergencia o interpretación que pudiera surgir del presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Eldorado, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera
corresponderles. ———————————————————————————————
En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Eldorado, a los 02 días del mes de octubre de 2025. ———————–