El acuerdo de comercio que firmó la Argentina con Estados Unidos en lo inmediato implica una reducción más o menos acelerada de manera recíproca de aranceles para algunos productos. Pero en materias como patentes industriales marca una línea de discusión en las que el país se asume fuertes compromisos frente a Washington.
De acuerdo con el convenio, en caso de ser aprobado por el Congreso, el país tendrá que desmontar su mecanismo actual para conceder patentes. En otros casos, tendrá que hacer gestos importantes en favor de los intereses de las empresas americanas.
Por caso, el texto dice: “Argentina someterá al Congreso para su consideración y votación sobre ratificación el Tratado de Cooperación en materia de Patentes, hecho en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 28 de septiembre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984, antes del 30 de abril de 2026”.
No dice nada respecto a si el Congreso argentino no aprueba ese texto. No obstante, el Poder Ejecutivo tendrá la obligación de derogar las resoluciones 118/2012, 546/2012 y 107/2012, que regulan los criterios de patentamiento en invenciones químico-farmacéuticas; y la resolución 283/2015, que regula los patentamientos de biotecnología. Esas normas hacen referencia a acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El acuerdo con Estados Unidos no incluye compromisos adoptar al amparo de esa normativa multilatera
El gobierno de Javier Milei tendrá que desmontar el sistema por el cual se otorgan o no patentes y elaborar uno nuevo. En Argentina las patentes de invención duran 20 años contados a partir desde el momento en que una empresa la solicita. Se estila en muchos casos demorar el otorgamiento, para acotar el plazo de exclusividad del autor. Así pasa a dominio público antes y laboratorios que no han hecho el
Las resoluciones que tiene que derogar el gobierno argentino implica cambiar el procedimiento, incluso hasta de determinar el criterio de patentabilidad, es decir, definir si una fórmula es nueva o un simple desarrollo de algo ya hecho. En el caso de las patentes de semillas implicaría limitar el uso de “semilla propia” que hacen los productores. Es decir, limitar la cantidad que pueden guardar d
