El Gobierno reglamentó artículos en la reforma laboral con cambios en las jubilaciones, recibos de sueldo y registros de empleo

El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial tres decretos clave (407, 408 y 409 de 2026) que ponen en marcha partes de la reforma laboral aprobada en marzo. La idea es aclarar cómo se aplican los cambios en la práctica y dar más previsibilidad tanto a empresas como a trabajadores.

Cambios en convenios colectivos

Se definen reglas claras para saber cuándo un convenio está vencido y hay que renegociarlo. Si no tiene fecha de final, se toma como referencia el 31 de diciembre de 2026. Además, todos los aportes y contribuciones se suman de una sola vez para respetar los límites legales y evitar que se dividan en varios conceptos para superar los topes. Solo las empresas afiliadas a la cámara o entidad deberán pagar ciertos aportes extras.

Ajustes en los sindicatos

Se refuerza el control de cuántos afiliados reales tiene cada gremio cruzando datos con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). El tiempo que los delegados pueden usar para actividades sindicales debe avisarse con al menos 48 horas de anticipación y no puede frenar la producción. También se mantienen las protecciones para quienes se postulan a cargos gremiales.

Nuevo recibo de sueldo obligatorio

A partir de ahora, el recibo debe tener un formato único y claro con cuatro secciones: datos del trabajador y la empresa, los aportes que paga el empleador, el sueldo bruto y las deducciones, y el neto que cobra el empleado. Lo más importante es que debe mostrar el costo laboral total que asume la empresa, incluyendo aportes sindicales, seguridad social, obra social, ART y demás.

Blanqueo laboral (Régimen de Promoción del Empleo Registrado)

Se reglamenta el blanqueo para regularizar trabajadores no registrados o mal registrados. Las empresas que adhieran reciben condonación de deudas de seguridad social: 90% para micro y pequeñas empresas, 80% para medianas y 70% para el resto. Además, 100% de condonación en obras sociales, ART y Seguro de Vida Obligatorio. La deuda que quede se puede pagar en cuotas o al contado con descuentos extra. Los períodos blanqueados cuentan para jubilación y prestaciones por desempleo.

Fondo de Asistencia Laboral

Se reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que ayudará a pagar indemnizaciones mediante fondos de inversión y empezará a regir desde el 1 de noviembre de 2026.

Exención en Ganancias

A través del Decreto 406 se incluye una precisión tributaria: quedan exentas del Impuesto a las Ganancias las ganancias por alquiler o subalquiler de inmuebles destinados a vivienda y por la venta o transferencia de esos inmuebles. La medida rige desde el 1 de enero de 2026. Beneficia a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes como no residentes.

Otros puntos

También hay reglas específicas para plataformas de delivery y movilidad, empresas de servicios eventuales y certificados médicos que ahora deben ser electrónicos. En total, estas medidas buscan simplificar las relaciones laborales y reducir la informalidad sin cambiar el fondo de las indemnizaciones ni los derechos básicos.