CABA. Por un voto dividido, la Sala IV de la Cámara de Casación aceptó el recurso del ex presidente Alberto Fernández y dispuso la anulación del procesamiento en la causa conocida como Seguros. El fallo ordena que la Cámara Federal vuelva a resolver sobre la situación procesal y dicte un nuevo pronunciamiento.
La Sala IV anuló el procesamiento y ordenó revisar la situación procesal
Los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo integraron la mayoría que anuló la resolución previa. El planteo de la defensa había pedido retrotraer la decisión para que se escucharan testigos propuestos por el ex mandatario; la decisión de Casación devuelve el expediente al tribunal que intervino en primera instancia.
El expediente se viene tramitando por presuntas irregularidades en contratos del Estado con Nación Seguros: un decreto cuestionado, 45 contratos, 25 intermediarios de seguros y comisiones millonarias. Entre las piezas figuran una cooperativa que habría funcionado como financiera y supuestos direccionamientos hacia brokers vinculados al entramado.
Según la acusación, las comisiones abonadas a intermediarios por contratos entre organismos públicos ascenderían a 3.364.522.944 pesos. En febrero la Sala que revisa la causa confirmó procesamientos contra diez personas y calificó hechos que podrían constituir administración fraudulenta y negociaciones incompatibles con la función pública.
Argumentos de la defensa, críticas del tribunal y próximos pasos del caso
La defensa de Fernández había interpuesto el recurso porque entendía que la confirmación previa era arbitraria: “resultaba arbitrario toda vez que se había confirmado el procesamiento de su asistido mediante una errónea interpretación de la ley sustantiva y procesal, con vulneración de diversas garantías constitucionales, entre las que destacó el derecho al debido proceso y a la defensa en juicio”.
Ante Casación, el fiscal general Raúl Pleé rechazó la queja defensiva; sin embargo los camaristas sostuvieron que esa intervención “no ofreció razones concretas, ajustadas al caso, que justificaran apartarse de la postura fiscal anterior; se apoyó en invocaciones generales al principio de unidad de actuación del Ministerio Público Fiscal y no alcanzó para sostener la inadmisibilidad ni el rechazo del recurso defensista”. Borinsky añadió que la confirmación “implicó resolver en exceso de la pretensión acusatoria y afectó el principio acusatorio, el contradictorio y el debido proceso”.
